Ya se ha aprobado el proyecto de la nueva Ley de Propiedad Intelectual. Tal como se puede ver en la nota de prensa, hay varios puntos polémicos.
Por un lado, se nos “perdona la vida” ya que :
El texto legal prevé que, en un plazo de cinco meses a partir de su
aprobación, los sectores implicados acuerden una relación de los
equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de
compensación a los titulares de los derechos, así como la cuantía que
deberán pagar.[…]
excluye expresamente de este listado los discos duros de ordenador
y las conexiones ADSL
Con lo cuál, nos dejan los discos duros y el ADSL en paz (sólo faltaría) pero ya se le ve el plumero de que nos quiere hacer pagar por todos lados unos impuestos “del por si acaso”, los que te multan antes de hacer el delito.
También es destacable que se den cuenta de que existe la informática (no pasa todos los días esto, sólo para casos como el cánon) y por eso han regulado algunos aspectos.
Por ejemplo:
Las medidas tecnológicas constituyen una herramienta para asegurar la
protección de las obras y prestaciones en el contexto de la sociedad de la
información y para evitar copias no autorizadas. El Proyecto, en línea con
la política del Gobierno de lucha contra la piratería, considera
infracciones contra los derechos de autor las actividades que sirvan para
eludir las medidas tecnológicas con que los titulares de derechos hayan protegido sus obras.
Y más:
El Proyecto de Ley introduce como novedad el derecho de puesta a
disposición interactiva. Con él se regula expresamente que el uso y
explotación de obras en Internet con la autorización de los autores o de
los titulares de los derechos.







